- Lubricación
- Refrigeración
- Suspensión
- Dirección
- Mantención
- Fallas más comunes
- Implemento de seguridad del vehículo
El movimiento de las piezas dentro del
motor debe ser lubricado por aceite, para aminorar la fricción que es el
causante del aumento de la temperatura y el desgaste de
las piezas. Esta compuesto por una bomba, cárter y
filtro.
- REFRIGERACIÓN
La evacuación del calor generado en el
motor se realiza por medio de la circulación de agua.
Este sistema esta compuesto por la
bomba de agua, que la hace circular, el ventilador que enfría el termostato que regula la salida de agua.
- SUSPENSIÓN
Para conducir en forma cómoda,
absorber las irregularidades del camino, depende de varios elementos que son: espiral,
amortiguador, barra estabilización, pieza oscilante y
paquete de resorte o amortiguadores.
- DIRECCIÓN
En general los sistemas de dirección
son accionados en forma mecánica, hidráulica y neumática. Los
principales componentes de la dirección son: volante, columna,
caja de dirección, rotulas y terminales.
- MANTENCION
Las mantenciones se deben realizar
normalmente de acuerdo a la suma de kilómetros
recorridos.
- 1.000 km.: Reemplazo aceite y
filtros, inspeccionar.
- 5.000 km.: Reemplazar aceite
motor y filtro, inspeccionar refrigerante y liquido de
frenos.
- 10.000 km.: Reemplazar aceite
motor y filtro, inspeccionar frenos embrague,
puesta a punto.
- 15.000 km.: Reemplazar aceite
y filtros inspeccionar.
- 20.000 km.: Reemplazar aceite
y filtro aceite, aire, bencina, bujías, chequear
moldura de válvulas, gases en alta y
bajas, inspeccionar frenos, pedal de
embrague, cañerías y mangueras, junta
homocinética y fuelles, rotación de
neumáticos.
- 40.000 km.: Reemplazar correa
de distribución y alternador, aceite, filtro aire,
bencina, bujías refrigerante motor, de aceite, de cajas.
FALLAS MAS COMUNES
El motor no funciona
Batería descargada, terminales batería
sueltos, falla el
motor de arranque el sistema
eléctrico.
El motor no arranca
Falta bencina, se ahogo (se rebalsó el
carburador de
bencina) oprima el acelerador a fondo
y de partida durante
5 segundos, si esta ahogado deberá
partir.
El motor se detiene
repentinamente.
No hay combustible, se desconectó la
batería, se soltó el cable de la bobina.
El motor no tiene
fuerza
Se soltó un cable de bujía, carburador
sucio, deficiente llegada de combustible o de
corriente.
- IMPLEMENTO DE SEGURIDAD DEL VEHÍCULO
La ley, dispone que todos los
vehículos motorizados de cuatro ruedas, además de los
elementos de seguridad incorporados,
deben llevar por lo menos y
“obligatoriamente”: una rueda
de repuesto, herramientas indispensables, extintor,
cinturones delanteros, y elementos
reflectantes. (Triángulo de seguridad).
Hay elementos de seguridad que van
incorporados al
limpiaparabrisas, espejos
retrovisores, uno interior y dos
exteriores laterales, silenciador,
tubo de escape,
velocímetro, parachoques, dirección,
cristales de
seguridad, neumáticos, cinturones de
seguridad en
asientos delanteros, apoya cabezas en
asientos
delanteros.
Hay otros elementos de seguridad
complementarios, tales como: Dos dispositivos
reflectantes, rueda de repuesto,
herramientas necesarias para cambio de ruedas,
botiquín de emergencia, cuñas de
seguridad, extintor de incendios.
Los espejos retrovisores exteriores y
los apoya cabezas (Nº5 y Nº14) se exige a
vehículos modelo 1995 adelante. D.O.
de 22.04.1994.
Frenos: La ley dispone que
los vehículos motorizados deben tener dos sistemas de
frenos de acción independiente uno de
otro, de modo que el deterioro de un sistema
no afecte al otro. Uno de los sistemas
deberá accionar las cuatro ruedas. El otro basta
que accione sobre dos ruedas
(delanteras o traseras).
sistema de frenos denominados ABS,
este impide el
bloqueo de las ruedas en el momento
del frenado, logrando
la detención del vehículo en una
distancia menor y con
mayor seguridad, impidiendo en el
momento del frenado la
perdida de control del automóvil,
permitiendo incluso el
frenado en el momento de doblar y/o en
superficies mojadas
o desiguales. También tenemos los
frenos delanteros de
disco ventilado que permiten una mayor
seguridad activa en
el frenado.
Bocina: Es un aparato sonoro,
de tono grave, moderado, solo de un sonido. Esta
prohibido tocar la bocina en las zonas
urbanas de todo el territorio de la República. Se
podrá hacer uso de ella solo en casos
absolutamente necesarios.
La bocina es un instrumento que en
algunos casos puede resultar altamente
estresante y alterar gravemente el
medio ambiente, está comprobado que un alto nivel
de ruido en una cantidad de decibles superior a lo normal introduce un factor de
neurotización, ansiedad y efectos
psicológicos agresivos conducentes a riesgos de
accidentes de tránsito. Además de lo
anterior esta prohibido usar bocina en el interior,
al entrar o salir de un túnel (peligro
de derrumbes) art.78 Ley de Tránsito.
Limpiaparabrisas: Es obligatorio que
los vehículos motorizados estén provisto de un
aparato limpiaparabrisas en buen
estado de funcionamiento.
Se usará cuando las condiciones
climáticas obstruyan la visibilidad (niebla, lluvia, etc.).
Se debe cuidar el estado de las
plumillas y que estas sean las aptas para el tipo de
vehículo, ya que además de dañar su
vidrio pueden causarle serias molestias de
visibilidad.
Espejos retrovisores:
Los
vehículos motorizados llevaran
un espejo regulable en el interior,
frente al conductor.
Este debe entregar una retrovisión
amplia. Dos espejos
laterales externos, en vehículos
modelo 1995 adelante.
La locomoción colectiva y camiones
llevaran dos espejos
retrovisores (laterales exteriores).
Hoy la tecnología nos provee de
espejos exteriores eléctricos, que permiten sin
moverse del volante arreglarlos, por
parte del conductor.
Silenciador: Es un instrumento que
forma parte del sistema de eliminación de gases. Como los gases
provienen de una
explosión, su eliminación directa
(escape libre) es altamente
bulliciosa y por lo tanto deteriora el
ambiente. Este silenciador tiene como función aminorar el ruido
de la eliminación directa de los gases por el tubo de escape.
Tubo de Escape: Este instrumento
permite expulsar los gases de la explosión. La ley
indica que no debe sobresalir de la
parte trasera de la estructura del vehículo y deberá
sacarlos horizontalmente y no hacia
arriba, ni en dirección al pavimento.
Los gases de un vehículo son muy
tóxicos, si se dirigen hacia arriba, contaminan el ambiente
respirable, contaminando el aire de la cabina y habitáculo donde
van pasajeros que no solo pueden terminar adormeciendo a
los pasajeros o conductor si no que además generarle
serios problemas físicos.
mantener en buen estado de
funcionamiento el instrumento de
relojería que indique la velocidad de
marcha en un automóvil.
Parachoques: En este tema nuestra
ley establece que será obligatorio mantener un
delantero delantero y otro trasero,
de confección resistente, que no exceda el ancho
del vehículo. Su función será
minimizar los efectos dañinos y peligrosos, de choques y
colisiones. Esta prohibido mantener
parachoques excesivamente sobresalientes de la
estructura normal del vehículo.
Luces: Las luces dentro de
un vehículo merecen un desarrollo de un capitulo especial
debido a la importancia que tienen en
la conducción y seguridad. Los dispositivos
mínimos que exigen que deba tener un
vehículo son:
A.- Luces altas y bajas.
B.- Luces de posición o
estacionamiento.
C.- Indicadores de dirección o luces de
emergencia.
D.- Luz trasera de posición o luz de
estacionamiento.
E.- Luz de freno.
F.- Refractante.
G.- Luz de placa patente.
H.- Luz marcha atrás.
I y J.- Luces antiniebla.
Luces Delanteras: Son las conocidas
altas y bajas. Estas pueden proyectar luz
blanca hacia el frente, Traseras: dos
luces rojas fijas, De Retroceso: blancas.
La luz alta que solo debe usarse en
vías rurales (caminos o carreteras), es un
dispositivo especial, que debe tener
una potencia tal que permita distinguir cualquier
vehículo, obstáculo a una distancia de
150 metros a lo menos.
La luz baja es un dispositivo que se
usará en vías urbanas (calles y avenidas) y
permitirá distinguir a cualquier
objeto a una distancia de 50 metros.
El cambio de luces en las vías
rurales, cuando dos vehículos se enfrenten, (cambio de
luz alta a luz baja) para evitar
encandilarse se realizara a una distancia no inferior a
200 metros. Asimismo un conductor que
se acerca por atrás a otro vehículo, deberá
bajar sus luces para no encandilar al
que lo antecede a través de los espejos
retrovisores.
Nuevamente la tecnología ha ido
incorporando otros productos tales como los focos
halógenos que permiten distinguir más
nítidamente los objetos producto de la mayor
intensidad de luz que poseen.
La luz de estacionamiento, deberán
poseerla todo vehículo motorizado de cuatro o
más ruedas, consistirá en un
dispositivo eléctrico que proyecte dos luces blancas
delanteras y dos luces rojas traseras
continuas o intermitentes, de luminosidad
reducida, pero que adviertan
claramente que el vehículo se encuentra fuera de
circulación, o escasa visibilidad.
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