BLOQUE 2




  • Lubricación
  •  Refrigeración
  • Suspensión
  • Dirección
  • Mantención
  • Fallas más comunes
  • Implemento de seguridad del vehículo



  • LUBRICACION 

El movimiento de las piezas dentro del motor debe ser lubricado por aceite, para aminorar la fricción que es el causante del aumento de la temperatura y el desgaste de
las piezas. Esta compuesto por una bomba, cárter y filtro.





  • REFRIGERACIÓN                                                                                                          
          
     

La evacuación del calor generado en el motor se realiza por medio de la circulación de agua.
Este sistema esta compuesto por la bomba de agua, que la hace circular, el ventilador que enfría el termostato que regula la salida de agua.



  • SUSPENSIÓN 


Para conducir en forma cómoda, absorber las irregularidades del camino, depende de varios elementos que son: espiral, amortiguador, barra estabilización, pieza oscilante y
paquete de resorte o amortiguadores.







  • DIRECCIÓN 

En general los sistemas de dirección son accionados en forma mecánica, hidráulica y neumática. Los principales componentes de la dirección son: volante, columna, caja de dirección, rotulas y terminales.









  • MANTENCION 



Las mantenciones se deben realizar normalmente de acuerdo a la suma de kilómetros
recorridos.

- 1.000 km.: Reemplazo aceite y filtros, inspeccionar.
- 5.000 km.: Reemplazar aceite motor y filtro, inspeccionar refrigerante y liquido de
frenos.
- 10.000 km.: Reemplazar aceite motor y filtro, inspeccionar frenos embrague,
puesta a punto.
- 15.000 km.: Reemplazar aceite y filtros inspeccionar.
- 20.000 km.: Reemplazar aceite y filtro aceite, aire, bencina, bujías, chequear
moldura de válvulas, gases en alta y bajas, inspeccionar frenos, pedal de
embrague, cañerías y mangueras, junta homocinética y fuelles, rotación de
neumáticos.
- 40.000 km.: Reemplazar correa de distribución y alternador, aceite, filtro aire,
bencina, bujías refrigerante motor, de aceite, de cajas.



FALLAS MAS COMUNES 


El motor no funciona
Batería descargada, terminales batería sueltos, falla el
motor de arranque el sistema eléctrico.

El motor no arranca
Falta bencina, se ahogo (se rebalsó el carburador de
bencina) oprima el acelerador a fondo y de partida durante
5 segundos, si esta ahogado deberá partir.

El motor se detiene repentinamente.
No hay combustible, se desconectó la batería, se soltó el cable de la bobina.

El motor no tiene fuerza
Se soltó un cable de bujía, carburador sucio, deficiente llegada de combustible o de
corriente.



  • IMPLEMENTO DE SEGURIDAD DEL VEHÍCULO 


La ley, dispone que todos los vehículos motorizados de cuatro ruedas, además de los
elementos de seguridad incorporados, deben llevar por lo menos y
obligatoriamente”: una rueda de repuesto, herramientas indispensables, extintor,
cinturones delanteros, y elementos reflectantes. (Triángulo de seguridad).

Hay elementos de seguridad que van incorporados al
vehículo, tales como: Frenos, luces, bocina,
limpiaparabrisas, espejos retrovisores, uno interior y dos
exteriores laterales, silenciador, tubo de escape,
velocímetro, parachoques, dirección, cristales de
seguridad, neumáticos, cinturones de seguridad en
asientos delanteros, apoya cabezas en asientos
delanteros.

Hay otros elementos de seguridad complementarios, tales como: Dos dispositivos
reflectantes, rueda de repuesto, herramientas necesarias para cambio de ruedas,
botiquín de emergencia, cuñas de seguridad, extintor de incendios.

Los espejos retrovisores exteriores y los apoya cabezas (Nº5 y Nº14) se exige a
vehículos modelo 1995 adelante. D.O. de 22.04.1994.

Frenos: La ley dispone que los vehículos motorizados deben tener dos sistemas de
frenos de acción independiente uno de otro, de modo que el deterioro de un sistema
no afecte al otro. Uno de los sistemas deberá accionar las cuatro ruedas. El otro basta
que accione sobre dos ruedas (delanteras o traseras).

La tecnología últimamente nos permite conocer un nuevo
sistema de frenos denominados ABS, este impide el
bloqueo de las ruedas en el momento del frenado, logrando
la detención del vehículo en una distancia menor y con
mayor seguridad, impidiendo en el momento del frenado la
perdida de control del automóvil, permitiendo incluso el
frenado en el momento de doblar y/o en superficies mojadas
o desiguales. También tenemos los frenos delanteros de
disco ventilado que permiten una mayor seguridad activa en
el frenado.

Bocina: Es un aparato sonoro, de tono grave, moderado, solo de un sonido. Esta
prohibido tocar la bocina en las zonas urbanas de todo el territorio de la República. Se
podrá hacer uso de ella solo en casos absolutamente necesarios.

La bocina es un instrumento que en algunos casos puede resultar altamente
estresante y alterar gravemente el medio ambiente, está comprobado que un alto nivel
de ruido en una cantidad de decibles superior a lo normal introduce un factor de
neurotización, ansiedad y efectos psicológicos agresivos conducentes a riesgos de
accidentes de tránsito. Además de lo anterior esta prohibido usar bocina en el interior,
al entrar o salir de un túnel (peligro de derrumbes) art.78 Ley de Tránsito.


Limpiaparabrisas: Es obligatorio que los vehículos motorizados estén provisto de un
aparato limpiaparabrisas en buen estado de funcionamiento.
Se usará cuando las condiciones climáticas obstruyan la visibilidad (niebla, lluvia, etc.).
Se debe cuidar el estado de las plumillas y que estas sean las aptas para el tipo de
vehículo, ya que además de dañar su vidrio pueden causarle serias molestias de
visibilidad.


Espejos retrovisores: Los vehículos motorizados llevaran
un espejo regulable en el interior, frente al conductor.
Este debe entregar una retrovisión amplia. Dos espejos
laterales externos, en vehículos modelo 1995 adelante.
La locomoción colectiva y camiones llevaran dos espejos
retrovisores (laterales exteriores).



Hoy la tecnología nos provee de espejos exteriores eléctricos, que permiten sin
moverse del volante arreglarlos, por parte del conductor.


Silenciador: Es un instrumento que forma parte del sistema de eliminación de gases. Como los gases provienen de una
explosión, su eliminación directa (escape libre) es altamente
bulliciosa y por lo tanto deteriora el ambiente. Este silenciador tiene como función aminorar el ruido de la eliminación directa de los gases por el tubo de escape.

Tubo de Escape: Este instrumento permite expulsar los gases de la explosión. La ley
indica que no debe sobresalir de la parte trasera de la estructura del vehículo y deberá
sacarlos horizontalmente y no hacia arriba, ni en dirección al pavimento.


Los gases de un vehículo son muy tóxicos, si se dirigen hacia arriba, contaminan el ambiente respirable, contaminando el aire de la cabina y habitáculo donde van pasajeros que no solo pueden terminar adormeciendo a los pasajeros o conductor si no que además generarle serios problemas físicos.


Velocímetro: Nuestra ley establece que será infracción no
mantener en buen estado de funcionamiento el instrumento de
relojería que indique la velocidad de marcha en un automóvil.


Parachoques: En este tema nuestra ley establece que será obligatorio mantener un
delantero delantero y otro trasero, de confección resistente, que no exceda el ancho
del vehículo. Su función será minimizar los efectos dañinos y peligrosos, de choques y
colisiones. Esta prohibido mantener parachoques excesivamente sobresalientes de la
estructura normal del vehículo.


Luces: Las luces dentro de un vehículo merecen un desarrollo de un capitulo especial
debido a la importancia que tienen en la conducción y seguridad. Los dispositivos
mínimos que exigen que deba tener un vehículo son:






A.- Luces altas y bajas.
B.- Luces de posición o estacionamiento.
C.- Indicadores de dirección o luces de emergencia.
D.- Luz trasera de posición o luz de estacionamiento.
E.- Luz de freno.
F.- Refractante.
G.- Luz de placa patente.
H.- Luz marcha atrás.
I y J.- Luces antiniebla.

Luces Delanteras: Son las conocidas altas y bajas. Estas pueden proyectar luz
blanca hacia el frente, Traseras: dos luces rojas fijas, De Retroceso: blancas.
La luz alta que solo debe usarse en vías rurales (caminos o carreteras), es un
dispositivo especial, que debe tener una potencia tal que permita distinguir cualquier
vehículo, obstáculo a una distancia de 150 metros a lo menos.
La luz baja es un dispositivo que se usará en vías urbanas (calles y avenidas) y
permitirá distinguir a cualquier objeto a una distancia de 50 metros.
El cambio de luces en las vías rurales, cuando dos vehículos se enfrenten, (cambio de
luz alta a luz baja) para evitar encandilarse se realizara a una distancia no inferior a
200 metros. Asimismo un conductor que se acerca por atrás a otro vehículo, deberá
bajar sus luces para no encandilar al que lo antecede a través de los espejos
retrovisores.
Nuevamente la tecnología ha ido incorporando otros productos tales como los focos
halógenos que permiten distinguir más nítidamente los objetos producto de la mayor
intensidad de luz que poseen.
La luz de estacionamiento, deberán poseerla todo vehículo motorizado de cuatro o
más ruedas, consistirá en un dispositivo eléctrico que proyecte dos luces blancas
delanteras y dos luces rojas traseras continuas o intermitentes, de luminosidad
reducida, pero que adviertan claramente que el vehículo se encuentra fuera de
circulación, o escasa visibilidad.






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